Artículo 25º.- Características del Sistema Educativo: El Sistema Educativo Peruano es integrador y flexible donde se adecua a las necesidades y exigencias de la diversidad del país donde responde a los principios y fines de la educación.y se organiza en etapas, niveles, modalidades, ciclos y programas.
Artículo 26º.- Articulación y coordinación del Sistema Educativo: El Sistema Educativo mantiene relaciones funcionales con entidades del Estado, de la sociedad, de la empresa y de los medios de comunicación, a fin de asegurar que el aprendizaje sea pertinente e integral y para potenciar el servicio educativo y aseguran la trayectoria de los estudiantes:con certificados y especialidades profesionales.
Artículo 27°.- La Educación a Distancia:es una modalidad del Sistema Educativo caracterizada por la interacción simultánea o diferida entre los actores del proceso educativo, facilitada por medios tecnológicos que propician el aprendizaje autónomo que tiene como objetivo complementar, reforzar o reemplazar la educación presencial atendiendo las necesidades y requerimientos de las personas.
Artículo 28°.- Las Etapas, Niveles, Modalidades, Ciclos y Programas
a) Etapas: son períodos progresivos donde se estructuran y desarrollan en función de las necesidades de aprendizaje de los estudiantes.
b) Niveles: son períodos graduales del proceso educativo articulados dentro de las etapas educativas.
c) Modalidad: son alternativas de atención educativa que se organizan en función de las características específicas.
d) Ciclos: son procesos educativos que se desarrollan en función de logros de aprendizaje.
e) Programas: son conjuntos de acciones educativas cuya finalidad es atender las demandas y responder a las expectativas de las personas.
Artículo 29º.- Etapas del Sistema Educativo :comprende las siguientes etapas:
a)Educación Básica:Destinada a favorecer el desarrollo integral del estudiante, el despliegue de sus potencialidades y el desarrollo de capacidades, conocimientos, actitudes y valores
b) Educación Superior: destinada a la investigación, creación y difusión de conocimientos; a la proyección a la comunidad; al logro de competencias profesionales de alto nivel.
Artículo 30°.- Evaluación del alumno : La evaluación es un proceso permanente de comunicación y reflexión sobre los procesos y resultados del aprendizaje. Es formativa e integral
CAPÍTULO II : LA EDUCACIÓN BÁSICA
Artículo 31º.- Objetivos: Formar integralmente al educando en los aspectos físico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social,desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al educando aprender a lo largo de toda su vida. y desarrollar aprendizajes en los campos de las ciencias, las humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la educación física y los deportes.
Artículo 32º.- Organización: La Educación Básica es obligatoria.considerando las características individuales y socioculturales de los educandos. Se organiza en: Educación Básica Regular ,Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial.
Artículo 33º. Currículo de la Educación Básica : El currículo de la Educación Básica es abierto, flexible, integrador y diversificado. Se sustenta en los principios y fines de la educación peruana. El Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales. En la instancia regional y local.
Artículo 34°.- Características del currículo : El currículo es valorativo en tanto responde al desarrollo armonioso e integral del estudiante y a crear actitudes positivas de convivencia social y es significativo en tanto toma en cuenta las experiencias y conocimientos previos y las necesidades de los estudiantes.
Artículo 35°.- Culminación de la Educación Básica: La culminación satisfactoria de la Educación Básica,habilita al egresado para insertarse en el mercado laboral y lo faculte para acceder a una institución de nivel superior.
Artículo 36º.- Educación Básica Regular: La Educación Básica Regular es la modalidad que abarca los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria. Está dirigida a los niños y adolescentes que pasan, oportunamente, por el proceso educativo de acuerdo con su evolución física, afectiva y cognitiva, desde el momento de su nacimiento.
Artículo 37º. Educación Básica Alternativa : La Educación Básica Alternativa es una modalidad que tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la de la Educación Básica Regular; enfatiza la preparación para el trabajo y el desarrollo de capacidades empresariales.La Alfabetización está comprendida en la Educación Básica Alternativa.
Artículo 38º. Alfabetización: Los programas de alfabetización tienen como fin el autodesarrollo y el despliegue de capacidades de lectoescritura y de cálculo matemático en las personas que no accedieron oportunamente a la Educación Básica y fortalecen su identidad y autoestima, los preparan para continuar su formación en los niveles siguientes del Sistema Educativo.
Artículo 39º.- Educación Básica Especial :La Educación Básica Especial tiene un enfoque inclusivo y atiende a personas con necesidades educativas especiales, con el fin de conseguir su integración en la vida comunitaria y su participación en la sociedad.Se dirije a personas con discapacidad y super dotados.
CAPÍTULO III : LA EDUCACIÓN TÉCNICO-PRODUCTIVA
Artículo 40°.- Definición y finalidad: La Educación Técnico-Productiva es una forma de educación orientada a la adquisición de competencias laborales y empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible y competitivo donde contribuye a un mejor desempeño de la persona que trabaja.
Artículo 41º.- Objetivos:
a) Desarrollar competencias laborales y capacidades emprendedoras para el trabajo dependiente o independiente.
b) Motivar y preparar a los estudiantes para aplicar lo aprendido
c) Actualizar las competencias de trabajadores en actividad o desocupados, según las exigencias del mercado laboral.
d) Complementar el desarrollo de la educación para el trabajo que ofrece la Educación Básica.
Artículo 42º. Organización: La Educación Técnico-Productiva está organizada en ciclos determinados por las características y complejidades de los perfiles técnico-profesionales y por requerimientos académicos específicos. Los ciclos se organizan en módulos segun sus competencias laborales.
a) Ciclo Básico. provee al estudiante de las competencias necesarias para ejecutar trabajos de menor complejidad que le permitan incorporarse al mercado laboral.ain requisito de nivel educativo
b) Ciclo Medio : a provee al estudiante de las competencias necesarias para el ejercicio de una actividad ocupacional especializada.requiere segundo nivel de la educacion basica.
Artículo 43º.- Políticas y estrategias: Para definir las políticas y estrategias de la Educación Técnico-Productiva, el Ministerio de Educación y las autoridades regionales y locales deben coordinar con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 44º.- Currículo y evaluación : Cada centro de Educación Técnico-Productiva elabora su proyecto institucional y define los currículos de las diferentes especialidades considerando los requerimientos laborales en su ámbito de acción; Asi guarda concordancia con las políticas y estrategias definidas en las instancias educativas respectivas.
Artículo 45º. Centros de Educación Técnico-Productiva: Los Centros de Educación Técnico-Productiva ofrecen servicios educativos en los ciclos para los que obtengan autorización y expiden las certificaciones y realizan actividades de capacitación, actualización y reconversión laborales.
CAPÍTULO IV: LA EDUCACIÓN COMUNITARIA
Artículo 46º.- Concepto y finalidad: La Educación Comunitaria se desarrolla desde las organizaciones de la sociedad, se orienta al enriquecimiento y despliegue de las capacidades personales, al desarrollo de sus aprendizajes.
Artículo 47°.- Convalidación de los aprendizajes: Los aprendizajes que se logren a través de programas desarrollados por organizaciones de la sociedad, debidamente certificados, pueden ser convalidados en los niveles de Educación Básica y Técnico-Productiva.
Artículo 48°.- Fomento de la Educación Comunitaria : El Estado promueve, valora y reconoce, en los ámbitos nacional, regional y local, iniciativas de Educación Comunitaria con niveles adecuados de calidad. La optimización de los recursos existentes en las comunidades contribuye a este fin.
CAPÍTULO V: LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Artículo 49°.- Definición y finalidad: La Educación Superior es la segunda etapa del Sistema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto.
Artículo 50°.- La articulación : Con el fin de garantizar a los usuarios del sistema la posibilidad de acceder a óptimos niveles de profesionalización y perfeccionamiento, las instituciones que imparten Educación Superior.
Artículo 51°.- Instituciones de Educación Superior: Las instituciones universitarias, así como los institutos, escuelas y otros centros que imparten Educación Superior pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica.
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